Emitir tu voto por correo es muy fácil, solo tienes que seguir las siguientes indicaciones:
1. Del 31 de marzo al 14 de mayo: solicitud del impreso.
Puedes solicitar personalmente el impreso para votar por correo en cualquier Oficina de Correos. Una vez hayas rellenado y firmado el impreso, deberás presentar tu D.N.I. junto a la solicitud.
2. Del 4 de mayo al 20 de mayo: recepción de la documentación.
Durante estas fechas, recibirás toda la documentación necesaria para votar en el domicilio que hayas facilitado en el impreso. Al ser documentación enviada por correo certificado, debes recogerla personalmente y presentar tu D.N.I.
Esta documentación constará de:
■ Sobre de votación Elecciones Autonómicas 2015.
■ Papeletas de todos los partidos Elecciones Autonómicas 2015.
■ Sobre de votación Elecciones Municipales 2015.
■ Papeletas de todos los partidos Elecciones Municipales 2015.
■ Certificado de inscripción en el censo.
■ Sobre para enviar tu voto. En dicho sobre estará impreso tu colegio, mesa y sección donde te corresponde votar.
3. Hasta el día 20 de mayo: envío de tu voto.
Recuerda que debes realizar el envío de tu voto por correo certificado, de forma gratuita, en cualquier Oficina de Correos.
Es importante que no introduzcas el certificado de inscripción en el censo dentro del sobre de votación con la papeleta, ya que si lo haces, tu voto no será válido. Introdúcelo suelto, dentro del sobre dirigido a tu mesa electoral.
Personas impedidas:
Las personas impedidas que requieran de un representante para tramitar su solicitud de voto por correo deberán presentar:
■ Certificado médico oficial en el que constarán las causas que le impiden votar personalmente. El impreso puede recogerse gratuitamente en el Colegio de Médicos de tu provincia y/o comprarse en farmacia.
■ Poder Notarial justificando su incapacidad para votar y por el que se designa a la persona elegida por el votante para que le represente y se ocupe de tramitar su solicitud de voto por correo. Este poder especial para elecciones es gratuito.
La misión del representante consistirá en:
■ Presentar en Correos el impreso de solicitud de la persona impedida, que firmará en presencia del funcionario. Para hacer esto, el representante deberá presentar su D.N.I. original.
■ A este impreso le acompañará el certificado médico cumplimentado y el poder notarial correspondiente, mencionado anteriormente.
■ Una vez recibida la documentación por la persona enferma o Impedida, que le entregará el cartero personalmente, el representante seguirá las instrucciones expuestas para el voto por correo.
Tanto el certificado médico como el poder notarial son gratuitos.
Recuerda que solo se puede ser representante de una única persona impedida.
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